ACCIONES A EJECUTAR |
En las acciones de manejo y disposición final no interviene solamente la empresa de recolección local, sino que son los propios generadores de los residuos quienes realizan tales operaciones; sin embargo, se intervendrá orientando a la población mediante la publicación de normas y reglamentos, que regulen la forma en que los residuos se almacenen y se entreguen al servicio de recolección para su aprovechamiento posterior en el Parque de Servicios Ambientales, por ejemplo se emplearán dos recipientes para residuos sólidos; uno para orgánicos y otro para inorgánicos. |
QUIEN EJECUTA |
La administración municipal |
UBICACIÓN DE LA ACCIÓN EN EL ACUERDO |
Artículo 58. Parágrafo 7 |
FUENTE |
Planeación – Área Inversión Pública |
DEPENDENCIA ENCARGADA |
SEDAMA |
DINÁMICA |
Del Ordenamiento |
SECTOR |
Ambiental |
PROGRAMA |
Gestión Ambiental responsable y amigable con el medio ambiente |
SUBPROGRAMA |
Fortalecimiento de prácticas y técnicas ambientalmente sostenibles |
ÁMBITO GEOGRÁFICO |
Rural |
META PRODUCTO |
MP 3.10.33.2.2 Implementar anualmente en un 100% acciones del programa de Gestión e innovación ambiental para la Protección recuperación y vigilancia de Recursos Naturales |
INDICADOR |
Porcentaje de acciones del programa de gestión e innovación ambiental para la protección, recuperación y vigilancia de recursos naturales implmentadas |
OBJETO DEL INDICADOR |
Medir el número de acciones que se implementan para la gestión e innovación de protección, recuperación y vigilancia de los recursos naturales durante la vigencia |