Propietarios de predios deben actualizar datos hasta 31 de diciembre

De acuerdo a lo contemplado en el Estatuto Tributario aprobado recientemente, y como un mecanismo para organizar las bases de datos de predios con que cuenta el Municipio, los propietarios de terrenos o edificaciones deben actualizar datos específicos, acción que deberán efectuar hasta el próximo 31 de diciembre del 2017.

Este proceso de actualización que solo toma unos minutos lo están realizando los funcionarios de la Secretaría de Hacienda del Municipio, ubicada en el primer piso del edificio del CAM, lugar hasta donde deben de llegar los propietarios de terrenos y construcciones para aportar la información esencial para contribuir con la organización de la ciudad.

También se puede realizar ingresando a la página de la Alcaldía Municipa.

También se puede realizar ingresando a la página de la Alcaldía Municipal: ingresa a la pestaña de Atención al Ciudadano, canales de atención y allí despliega una pestaña de Registro de información tributaria predial, en la cual solo se debe llenar el cuestionario.   

Deben pasar por este corto proceso de actualización todas las personas que hayan comprado viviendas o lotes recientemente y no figuren como propietarios en las bases de datos del Municipio o no hayan realizado el cambio de propietario ante dicha cartera; asimismo, los dueños de edificaciones que en los últimos años hayan realizado alguna modificación estructural en las viviendas.

“Es importante que las personas se acerquen a la Alcaldía y nos aporten los datos necesarios, pues de acuerdo al Estatuto quienes no realicen este trámite a tiempo se ven expuestos a sanciones, por ello reiteramos el llamado a la comunidad para que se pongan al día con este tema”, expresó la Secretaria de Hacienda, Luz Piedad Perea Roldan.

Comunicado de Prensa No.280.56.1.1221 

12 comentarios sobre “Propietarios de predios deben actualizar datos hasta 31 de diciembre

  1. Pedro Jose Guerrero on

    Buen Dia;
    Pregunta Esto es Solo para propietarios nuevos o por traspasos o por Remodelaciones Resientes a que Fecha?,
    y propietarios a partir de que año de adquisicion de su vivienda?,
    lo cual significa que los propietarios antiguos no deben realizar este tramite?

    Esto para una mejor comprension.
    gracias.

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  2. Róbinson Grajales on

    Buena tarde, si ya se realizo este proceso en el transcurso del año por este medio (página web) en el link indicado, se debe realizar de nuevo? supongo que NO.

    Por otro lado la información que había era que TODOS, los predios sin excepción, no con las condiciones que describen en el enunciado o comunicado de prensa en el sentido de » Deben pasar por este corto proceso de actualización todas las personas que hayan comprado viviendas o lotes recientemente y no figuren como propietarios en las bases de datos del Municipio o no hayan realizado el cambio de propietario ante dicha cartera; asimismo, los dueños de edificaciones que en los últimos años hayan realizado alguna modificación estructural en las viviendas.», por que si no se ha hecho modificaciones a la vivienda o no han cambiado de propietario entonces NO debería haber hecho dicha actualización.

    Agradezco la respuesta oportuna.

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  3. Julieta E. Toro on

    Señores un saludo. Acabo de enviar registro de dos prediales, ¿Cómo sé que se registró la información?, no hay una página de respuesta de confirmación , el documento que ustedes generan es un formulario google, no un software adecuado de tratamiento de información hacia una base de datos, y si no hay tratamiento adecuado a esta información puede generarme una multa innecesaria. julieta_toro@hotmail.com. Agradezco la atención

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  4. Paola Morales on

    Buenos días. ¿Qué pasa si el dueño del predio es una persona ya fallecida y no se ha hecho el traspaso a sus hijos? Gracias por su respuesta.

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  5. Róbinson Grajales on

    Buena tarde, no me respondieron una de las preguntas formuladas, si en una de las fechas limites que ustedes habian planteado se habia realizado la actualización, es decir en octubre por ejemplo, esa actualización bastaba o se debe actualizar de nuevo? habiéndolo hecho en esos periodos planteados por ustedes mismos?

    Gracias por su oportunidad

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