Comerciantes de Tuluá a pagar impuesto de industria y comercio.

La secretaría de hacienda de Tuluá les recuerda a todos los comerciantes tulueños que el plazo para presentar y cancelar los dos primeros trimestres vigencia 2016, correspondientes al Impuesto de Industria y Comercio, venció el 30 de junio de 2016.

Rentas (3)Desde esta Dependencia se invitó a los contribuyentes que no hayan efectuado la presentación y pago de esta obligación tributaria, para que se pongan al día y eviten el pago de intereses de mora y sanciones por extemporaneidad.

Asimismo, se informa que la presentación y pago de las declaraciones de retención y autoretención del impuesto de industria y comercio (Reteica), para el bimestre julio-agosto de 2016 se debe realizar en las siguientes fechas, teniendo en cuenta el último digito del Nit, sin tener en cuenta el digito de verificación.calendario

Descargar Boletín de Prensa No. 280-04-04.813

20 comentarios sobre “Comerciantes de Tuluá a pagar impuesto de industria y comercio.

  1. manuel salazar on

    Buenos Días , Señores Subsecretaria de Hacienda de tulua

    Desde la ciudad de Barranquilla, donde puedo presentar y pagar el impuesto de Industria y comercio y la retención en la fuente de Industria y comercio que corresponde al municipio de Tulua, ustedes tienen plataforma en el interned, agradezco su atencion

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    • Equipo Rendición de Cuentas on

      Buenas tardes, por motivos de actualización de la página web no está disponible la opción de pagos virtuales, los trámites deben ser presenciales.

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  2. katherine muñoz hernandez on

    Buenas tardes,

    Donde consigo formularios para la presentación de la declaración Anual de Industria y comercio y para la presentación Bimestral de Reteica.

    Muchas gracias

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    • Equipo Rendición de Cuentas on

      Buenas tardes, el porcentaje de sobre tasa bomberil se calcula con el cinco por mil, siendo la tarifa mínima 37.000 mil.

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  3. Leidy Johana Millan Moreno on

    Buenas yo tube un negocio en tulua dure con el 2 años ya cancele la matricula y yo no tenía claro que tenia que pagar industria y comercio yo cancelaba era en cámara y comercio y pasa que me enbargan la cuenta que por no cancelar yo nesecito saber cuanto es que se paga por este impuesto y la verdad mi negocio era muy pequeño los activos eran de 1.000.000 no etabpara que me cobraran lo que me están cobrando gracias

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    • Equipo Rendición de Cuentas on

      Buenas tardes, usted puede acercarse a la Secretaría de Hacienda ubicada en el primer piso del CAM en Carrera 25 N° 25-04, allí un funcionario atenderá su caso.

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  4. Ascensores Confort Cali on

    Buenas tardes, somos una empresa de prestación de servicios, ubicada en la ciudad de Cali, la cual ha prestado servicios en el año 2016 a empresas de la ciudad de Tulua, necesito saber cual es el porcentaje de ICA que debemos pagar y como obtengo el formulario para la declaración anual.

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    • Equipo Rendición de Cuentas on

      Buenas tardes, Usted puede solicitar el formulario al correo rentas@tulua.gov.co y consultar el Estatuto Tributario Municipal
      ARTÍCULO 104.- TARIFAS DEL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO. A partir del 1º de enero del año 2017 entrarán en vigencia las siguientes actividades y tarifas para la liquidación anual del impuesto de industria y comercio, avisos y tableros. Para el ReteICa son los mismos valores, la tase gravable mínima está en el artículo 153. Igualmente, puede consultar el artículo 149. Consulte el Estatuto Tributario Municipal

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  5. LINA MARIA TASCON A on

    Buenas tardes,

    El formulario que estan entregando para la liquidación del Impuesto de Industria y comercio 2016 vigencia 2017 esta desactualizado frente al nuevo ETM de Dic 2016. ¿qué debemos hacer?

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    • Equipo Rendición de Cuentas on

      Buenas tardes, el Estatuto tributario empezó a regir desde enero de 2017, sin embargo el pago de industria y comercio es año vencido por lo tanto la normativida que lo rige es la del 2016 y el formulario del 2015.

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  6. juan carlos giraldo on

    estoy tratando de validar la forma de presentación del formulario de industria y comercio del mpio pero el servicio telefónico es muy deprimente no contestan

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  7. Gustavo on

    Buenos días. Podrían indicarme donde encuentro información sobre el cálculo del Valor del pago de intereses de mora (40) y valor pago intereses de mora sobretasa bomberil industria y comercio (41)¨.

    En el formulario, hacen referencia a al ART. 426 y algunos Renglones del E.T.M., pero al consultar el estatuto vigente en el sitio web de la alcaldía (http://www.tulua.gov.co/estatuto-tributario/) no encuentro correspondencia entre los items consultados y el contenido del documento.

    Gracias.

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    • Equipo Rendición de Cuentas on

      Buenas tardes, nos permitimos aclarar que usted está consultando el nuevo estatuto tributario que aplica para el 2017. En este caso se está liquidando la información del 2016, por lo tanto usted debe consultar el anterior estatuto del 2013 el Decreto 280-018-0945. Disponible en el menú Normatividad, carpeta 2013, decretos. http://www.tulua.gov.co/normatividad

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  8. ELIZABETH GIRALDO VANEGAS on

    Buenos días
    Somos una empresa ubicada en la ciudad de Bogotá, el 1 de mayo realizamos unas ventas en la ciudad de Tulúa, quisiera saber cual es el procedimiento para inscribirnos como contribuyente del impuesto de industria y comercio en este municipio, donde se pueden descargar los formularios y que documentación se debe anexar.

    Muchas gracias.

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