Amparados en el decreto No. 200.024-0241 del 30 de marzo de 2020 “Por medio del cual suspenden los términos de las actuaciones administrativas y se amplían los términos para atender peticiones” y el decreto legislativo No. 491 del 22 de marzo de 2020, articulo 4 “Notificación o comunicación de actos administrativos. Hasta tanto permanezca vigente la emergencia sanitaria declarada por el ministerio de salud y protección social, la notificación o comunicación de los actos administrativos se hará por medios electrónicos. Para el efecto de todo tramite, proceso o procedimiento que se inicie será obligatorio indicar la dirección electrónica para recibir notificaciones, y con la sola radicación se entenderá que se ha dado la autorización”
Se notifica por aviso a la Señora Rosmira Delgado Morales identificada con cédula de ciudadanía # 29.872.811, la respuesta a la solicitud de revisión realizada ante el DAPM.RESPUESTA ROSMIRA DELGADO