Aviso N° 003 del 02 de febrero de 2017 – Contribuyentes

La Secretaria De Hacienda Municipal De Tuluá dependencia:

Oficina de Rentas – Profesional Universitario de la Sección De Rentas De La Alcaldía Municipal De Tuluá, en cumplimiento de lo dispuesto en el (los) Articulo(s) 568 del Estatuto Tributario Nacional, notifica mediante el presente aviso los siguientes Actos Administrativos. RESOLUCIONES DE LIQUIDACION OFICIAL POR MEDIO DE LA CUAL SE DETERMINA OFICIALMENTE UNA DEUDA A FAVOR DEL MUNICIPIO POR CONCEPTO DE DEUDOR MOROSO DEL IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO, Nombre o Razón Social.

IDENTIFICACIONRESOLUCIONVIGENCIASRESUELVE
31793701270-054-6930-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) MORENO BERRIO GLORIA-PATRICIA . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 010110170035000, que a la fecha, asciende a la suma de NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL VEINTICINCO ($938.025,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
29863920270-054-7009-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) JARAMILLO CARABALI LAURA . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 010103510038000, que a la fecha, asciende a la suma de OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CIENTO SESENTA Y UNO ($864.161,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
X14166270-054-6920-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) PENA * ERNESTO . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 010111840001000, que a la fecha, asciende a la suma de NUEVE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS ($9.389.752,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
X14216270-054-7134-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) MARMOLEJO * MARIA-DEL-CARMEN . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 010111990017000, que a la fecha, asciende a la suma de CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA ($4.858.770,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
X10557270-054-6966-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) BEDOYA * JULIA . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 010100800011000, que a la fecha, asciende a la suma de TRES MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS DOS ($3.946.702,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
X15790270-054-7538-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) QUINTERO SANCHEZ ANA-DE-JESUS . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 010202950040000, que a la fecha, asciende a la suma de DOS MILLONES VEINTITRES MIL SETECIENTOS OCHENTA ($2.023.780,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
2619868270-054-7408-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) MORENO MOLINA GABRIEL-DE-JESUS . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 000100021514000, que a la fecha, asciende a la suma de MILLoN OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS TREINTA ($1.856.730,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
66712713270-054-7298-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) VALENCIA TERRANOVA ANA-MILENA . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 010112070030000, que a la fecha, asciende a la suma de MILLoN TRESCIENTOS CUARENTA Y UN MIL SETECIENTOS NOVENTA Y TRES ($1.341.793,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
29872423270-054-7382-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) PENARANDA * LUISA-LEYDA . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 000100021681000, que a la fecha, asciende a la suma de MILLoN TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS ($1.325.156,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
16364192270-054-7441-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) RESTREPO RAMIREZ JHON-JAIRO . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 000100022209000, que a la fecha, asciende a la suma de MILLoN DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS ($1.252.752,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
X9704270-054-7349-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) DAVALOS GUERRERO CLEMENCIA . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 000200160025000, que a la fecha, asciende a la suma de MILLoN DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO ($1.267.894,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
29798960270-054-7545-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) GARZON FERRO ROSA-ELVIRA . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 010110790014000, que a la fecha, asciende a la suma de MILLoN DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS QUINCE ($1.227.615,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
29872178270-054-7522-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) AGUIRRE * EFIGENIA . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 000100021726000, que a la fecha, asciende a la suma de MILLoN DOSCIENTOS VEINTIDOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO ($1.222.854,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
10096363270-054-7475-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) CANO CANO JOSE-MANUEL . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 010109960006000, que a la fecha, asciende a la suma de MILLoN DOSCIENTOS NUEVE MIL SETECIENTOS TREINTA Y SIETE ($1.209.737,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
94282276270-054-7581-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) CHAPARRO MORA HECTOR . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 000200120095000, que a la fecha, asciende a la suma de MILLoN CIENTO NOVENTA MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS ($1.190.346,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
94390488270-054-7504-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) VIDAL VALENCIA CLOROMIRO . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 010112090023000, que a la fecha, asciende a la suma de MILLoN CIENTO SETENTA MIL DOSCIENTOS VEINTITRES ($1.170.223,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
900002050-0270-054-7564-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) TAMAYO-DUQUE-Y-CIA-S-EN-C . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 000200110003000, que a la fecha, asciende a la suma de MILLoN CIENTO CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO VEINTIDOS ($1.157.122,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
19103237270-054-7596-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) BALANTA FLORES ANGELMIRO . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 000100020414000, que a la fecha, asciende a la suma de MILLoN CIENTO CUARENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES ($1.143.833,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
X16383270-054-7410-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) GONZALEZ GIRON HERMINDA-MERCEDES . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 080000010046000, que a la fecha, asciende a la suma de MILLoN CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO ($1.139.764,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
14882416270-054-7303-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) CAMPO CARVAJAL GUSTAVO-ADOLFO . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 000300020106000, que a la fecha, asciende a la suma de MILLoN CIENTO VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS SETENTA ($1.124.270,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
1253148270-054-7370-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) MONTIEL * ROMILIO . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 000200060123000, que a la fecha, asciende a la suma de MILLoN CIENTO DOS MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO ($1.102.624,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
29872389270-054-7420-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) OSORIO TORO ADIELA . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 000100020432000, que a la fecha, asciende a la suma de MILLoN CIEN MIL NOVECIENTOS VEINTISEIS ($1.100.926,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
29864737270-054-7324-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) HENAO MOLANO BLANCA-ROSA . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 000300020009000, que a la fecha, asciende a la suma de MILLoN NOVENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS VEINTISIETE ($1.095.827,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
29854270270-054-7520-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) PEDROZA GUEVARA LUCIA . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 010106450004000, que a la fecha, asciende a la suma de MILLoN NOVENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO ($1.092.458,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
X11961270-054-7572-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) ARIAS RIVERA LEONEL . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 010103600009000, que a la fecha, asciende a la suma de MILLoN OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE ($1.089.587,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
2335877270-054-7541-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) ACERO RAMIREZ ABEL . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 060000140004000, que a la fecha, asciende a la suma de MILLoN SETENTA Y CUATRO MIL CIENTO SEIS ($1.074.106,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
6496593270-054-7348-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) ROJAS LOPEZ SIXTO-ENRIQUE . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 000100021599000, que a la fecha, asciende a la suma de MILLoN SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS ($1.067.246,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
6153627270-054-7438-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) RODRIGUEZ VENTE AGUSTIN . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 010108800105901, que a la fecha, asciende a la suma de MILLoN CUATRO MIL QUINIENTOS SIETE ($1.004.507,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
66720059270-054-7334-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) PENA ANDRADE SANDRA-MILENA . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 010109690004000, que a la fecha, asciende a la suma de NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO ($989.395,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
94393168270-054-7561-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) OSORIO * ROBINSON . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 000200080111000, que a la fecha, asciende a la suma de NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CIENTO NOVENTA Y DOS ($968.192,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
4679152270-054-7577-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) SOLIS PLAYONERO FELIPE . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 010102770013000, que a la fecha, asciende a la suma de NOVECIENTOS DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO ($902.768,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
94475048270-054-7400-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) SALDARRIAGA * ADRIAN-ALEXANDER . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 000200030071000, que a la fecha, asciende a la suma de OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CIENTO TREINTA Y CINCO ($868.135,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
29875947270-054-7426-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) CORREA DIOSA CARMEN-TULIA . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 010107820015901, que a la fecha, asciende a la suma de OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CUATRO ($864.304,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
X11647270-054-7379-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) QUINTERO RODRIGUEZ HECTOR-FABIO . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 010103270021000, que a la fecha, asciende a la suma de OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO ($846.934,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
31194249270-054-7354-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) CONCHA ARBELAEZ MARIA-CRISTINA . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 010110010027000, que a la fecha, asciende a la suma de OCHOCIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO ($809.688,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
16467140270-054-7452-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) AGUIRRE MORALES JORGE-ELICER . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 000100022550000, que a la fecha, asciende a la suma de SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CUARENTA ($798.940,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
X16340270-054-7534-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) UNIDAD-ADMINISTRATIVA-ESPECIAL-DE . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 070000110003000, que a la fecha, asciende a la suma de SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS ($796.300,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
X8532270-054-7567-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) RAMIREZ MEJIA JOSE-URIEL . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 000100070352000, que a la fecha, asciende a la suma de SETECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO ($792.185,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
29872688270-054-7576-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) MONEDERO * MARIA-EUGENIA . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 000100021492000, que a la fecha, asciende a la suma de SETECIENTOS NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS NUEVE ($791.809,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
2674670270-054-7359-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) CERQUERA ROJAS LUIS-CARLOS . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 010202400036902, que a la fecha, asciende a la suma de SETECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS ($782.352,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
10545431270-054-7345-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) PINCHAO CEPEDA LUIS-ALFONSO . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 000100021272000, que a la fecha, asciende a la suma de SETECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CUATRO ($776.004,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
14898880270-054-7525-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) CUADROS SIERRA OLMEDO . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 000300020065000, que a la fecha, asciende a la suma de SETECIENTOS SETENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES ($772.373,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
X16327270-054-7289-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) ACUNA FLOREZ MARIA-REYES . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 060000110004000, que a la fecha, asciende a la suma de SETECIENTOS SESENTA Y TRES MIL NOVENTA ($763.090,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
38791417270-054-7579-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) TAMAYO SALAZAR MARIA-DEL-CARMEN . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 010110380013000, que a la fecha, asciende a la suma de SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS CATORCE ($752.514,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
6215643270-054-7457-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) TAMAYO ALVAREZ LUIS-ELPIDIO . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 080000010144000, que a la fecha, asciende a la suma de SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS ($746.636,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
2677378270-054-7428-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) OSORIO ARAQUE RAMON-ELIAS . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 000200080183000, que a la fecha, asciende a la suma de SETECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($737.555,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
31157492270-054-7371-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) QUINTERO CASTRO OMAIRA . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 010202380016001, que a la fecha, asciende a la suma de SETECIENTOS VEINTINUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UNO ($729.651,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
29872498270-054-7429-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) PENARANDA * JULIA . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 000100021715002, que a la fecha, asciende a la suma de SETECIENTOS VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($727.957,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
2663484270-054-7385-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) GIRALDO GOMEZ JOSE-RAMON . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 000200040025000, que a la fecha, asciende a la suma de SETECIENTOS VEINTIUN MIL DOSCIENTOS OCHO ($721.208,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
X8948270-054-7336-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) MAYA LONDONO LIGIA . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 000200050170000, que a la fecha, asciende a la suma de SETECIENTOS OCHO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO ($708.378,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
2678374270-054-7299-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) GARCIA ARDILA JOSE . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 000200050029000, que a la fecha, asciende a la suma de SETECIENTOS SIETE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y UNO ($707.581,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
6142136270-054-7361-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) BARCO SANTIAGO CARLOS-ARTURO . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 000200140058000, que a la fecha, asciende a la suma de SEISCIENTOS NOVENTA MIL TREINTA Y DOS ($690.032,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
2676829270-054-7292-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) RESTREPO HURTADO JOSE-ARTURO . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 030000160016000, que a la fecha, asciende a la suma de SEISCIENTOS OCHENTA Y UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO ($681.535,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional
X46345270-054-7418-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) SANTA LOPEZ FIDELIGNA . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 030000130002000, que a la fecha, asciende a la suma de SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CIENTO TRECE ($679.113,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
6510986270-054-7301-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) MORA POMBO JOSE-ATALIVAR . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 000200140215000, que a la fecha, asciende a la suma de SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS DIECIOCHO ($678.818,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
X9639270-054-7503-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) VELASQUEZ VALENCIA JHON-FREDY . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 000200150006000, que a la fecha, asciende a la suma de SEISCIENTOS SETENTA MIL DOSCIENTOS SETENTA Y TRES ($670.273,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
X8172270-054-7546-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) JUNTA-ADMINISTRADORA-DEL-ACUEDUCT . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 000100030322000, que a la fecha, asciende a la suma de SEISCIENTOS SETENTA MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE ($670.889,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
29063281270-054-7374-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) ALZATE * OMAIRA-DE-JESUS . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 010205020007001, que a la fecha, asciende a la suma de SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE ($678.499,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.
6484070270-054-7445-S2011-2015ARTICULO PRIMERO: Determinar oficialmente a favor del Municipio de Tulua, Valle del Cauca, la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado en contra del (los) contribuyente(s) BEDOYA ALZATE JOSE-PABLO . , propietario (s) y/o poseedor (es) del predio identificado catastralmente con el No. 000200050138000, que a la fecha, asciende a la suma de SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS NUEVE ($668.909,00), correspondiente a las vigencias fiscales citadas en el estado de cuenta anexo que hace parte integral de esta Resolucion y por los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible la obligacion y hasta el momento del pago total de la misma, m?s las costas procesales causadas en el presente proceso. ARTICULO SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente Resolucion, remitir al Grupo de Ejecuciones Fiscales de la Tesoreria Municipal de Tulua, Valle del Cauca, para que inicie el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo, de conformidad con lo preceptuado en el ARTICULO 23 y siguientes del Estatuto Tributario Nacional, en ARTICULO 59 de la Ley 788 de Diciembre 27 de 2002, en concordancia con los ARTICULOs 518 y 519 del Estatuto ?nico Tributario Municipal y dem?s normas vigentes. ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolucion, procede el recurso de reconsideracion que podr? interponerse por escrito ante este Despacho, dentro de los dos (02) meses siguientes a su notificacion, ARTICULO 720 y con arreglo a los requisitos consagrados en el ARTICULO 722 del Estatuto Tributario Nacional.

ALBA NELLY GOMEZ GOMEZ

Profesional Universitario Sección Rentas

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