AVISO DE CONVOCATORIA. Proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía N° 280.20.3-011

  1. El nombre y dirección de la Entidad Estatal.

 

Alcaldía Municipal de Tuluá, Carrera 25 Número 25 – 04, Segundo Piso, Secretaría Privada

 

  1. La dirección, el correo electrónico y el teléfono en donde la Entidad Estatal atenderá a los interesados en el Proceso de Contratación, y la dirección y el correo electrónico en donde los proponentes deben presentar los documentos en desarrollo del Proceso de Contratación.

 

Los interesados en participar en el Proceso de selección abreviada de menor cuantía N°280.20.3-011, podrán consultar durante todo el desarrollo del proceso de selección en la siguiente dirección:

 

Carrera 25 Número 25 – 04, Segundo Piso, Secretaría Privada, de lunes a jueves entre las 7:30:00 horas y las 12:00:00, y entre las 13:30:00 horas y las 18:00:00 horas, y los viernes entre las 7:30:00 horas y las 12:00:00, y entre las 13:30:00 horas y las 17:00:00 horas.

 

Los interesados en participar también podrán realizar sus observaciones y consultas en la dirección de correo electrónico privada@antiguo.tulua.gov.co, de acuerdo con el cronograma del proceso de selección.

 

  1. El objeto del contrato a celebrar, identificando las cantidades a adquirir.

 

Objeto: PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA PARA REALIZAR LA PRODUCCIÓN Y DIFUSIÓN DE MENSAJES INSTITUCIONALES SOBRE EVENTOS Y ACTIVIDADES LIDERADAS POR LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL DE TULUÁ A TRAVÉS DE MEDIOS RADIALES, AUDIOVISUALES E IMPRESOS DURANTE LA VIGENCIA 2018.

 

Especificaciones técnicas:

 

Actividad Descripción  Cantidad
1.1 Producción y difusión en medios radiales Producir y Difundir a través de medios radiales pautas con mensajes institucionales de mínimo 30 segundos de duración, en medios de cobertura local y/o regional en espacios informativos, noticiosos, musicales o deportivos, de lunes a sábado, entre las 5:00 a.m. y las 7 p.m.
A lo menos en 5 emisoras de cobertura local y/o regional, diferentes.
         4.640
Producir y difundir a través de 3 medios radiales de cobertura local y/o regional programa institucional sabatino de mínimo 60 minutos de duración, entre las 12:00 m. a 1:00 p.m.
(Cada sábado del mes, durante el periodo de ejecución del contrato, de acuerdo con las instrucciones de la Oficina Asesora de Comunicaciones)
              40
Realizar la conducción del programa radial de programa institucional sabatino de mínimo 60 minutos de duración, entre las 12:00 m. a 1:00 p.m.
(Cada sábado del mes, durante el periodo de ejecución del contrato, de acuerdo con las instrucciones de la Oficina Asesora de Comunicaciones)
              40
Producir y difundir en medio radial un programa deportivo de 1 hora de duración, durante mínimo tres veces por semana, con comentaristas, transmisiones especiales durante los partidos de la liga de futbol colombiana.
Las transmisiones especiales se realizarán siempre y cuando haya partido de Fútbol
            120
1.2 Producción y difusión en medios audiovisuales Producir y Difundir a través de 5 medios audiovisuales de cobertura local y/o regionales pautas con mensajes institucionales de mínimo 30 segundos de duración, en noticieros de medio día y noche, lunes a viernes, o Lunes a Sábado, de acuerdo con las instrucciones de la Oficina Asesora de Comunicaciones          1.620
Producir y difundir a través de 5 medios audiovisuales pautas con mensajes institucionales (MAGAZINE) de mínimo 180 segundos de duración, en medios de cobertura local y/o regional, de lunes a viernes en horarios entre 12:57 m. a 1:00 p.m.             200
1.3 Producción y difusión en medios impresos Realizar diariamente (lunes a viernes, no festivos) la impresión, doblez y distribución de 1000 plegables (Boletines Informativos) en bond 75 grs, Tamaño 21.5 * 33 centímetros, tintas 1*1.             237

 

 

  1. La modalidad de selección del contratista.

 

El presente proceso de selección, así como el contrato que de él se derive están sujetos a la Constitución Política, al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, contenido en las leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007, sus decretos reglamentarios y demás normas que la modifican o complementan, y al presente proyecto pliego de condiciones. La modalidad de – SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA – fue adoptada teniendo en cuenta lo previsto en el numeral 1o del artículo 2o de la Ley 1150 de 2007, toda vez que el objeto del contrato cuya celebración se pretende, el presupuesto oficial estimado es superior a la menor cuantía de la entidad, esto es de acuerdo con las cuantías indicadas en el literal b. del numeral 2º del artículo 2º de la Ley 1150 de 2007 y adicionalmente el Decreto 1082 de 2015, que establece que la escogencia del contratista debe adelantarse mediante Selección abreviada de menor cuantía.

 

  1. El plazo estimado del contrato.

 

La vigencia del contrato consecuencia del presente proceso de selección será de 10 meses, contados a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución (Artículo 41 de la ley 80 de 1993 y modificado por el artículo 23 de la ley 1150 de 2007).

 

  1. La fecha límite en la cual los interesados deben presentar su oferta y el lugar y forma de presentación de esta.

 

La fecha y hora límite para la entrega de las propuestas se establecerá en el pliego definitivo de condiciones, en original y copia debidamente selladas, en la Secretaría Privada del Municipio de Tuluá, Valle del Cauca.

 

Para la fecha de cierre de entrega de propuestas se levantará un acta suscrita por el Secretario Privado del Municipio de Tuluá, Valle del Cauca y/o su delegado, donde se consignará los nombres de los proponentes, el valor de la propuesta, verificar que la propuesta este firmada por el proponente, verificar que la propuesta este foliada, el número de folios de la propuesta, los retiros de propuestas sí los hubiere, y las observaciones correspondientes.

 

A partir de la fecha y hora de cierre de la entrega de propuestas los proponentes no podrán retirar, adicionar o corregir sus propuestas.

 

Las propuestas deben presentarse foliadas, argolladas, en original y copia, sin enmendaduras, tachones, ni borrones y depositarse en sobres separados, cerrados y sellados, marcando claramente el objeto, el número de la convocatoria, el nombre y la dirección del proponente. Las propuestas deberán ser radicadas dentro de los términos estipulados en el cronograma del pliego definitivo de condiciones, con el formato Anexo N°1 (RADICACION DE PROPUESTAS EN EL CAIC) en el Centro de Atención Integral al Ciudadano (CAIC) y seguidamente deberá subir las propuestas con radicado, a la oficina de la Secretaría Privada, que se encuentra ubicada en el 2do piso del CAM, carrera 25 No. 25-04. Los proponentes deben adjuntar todos los documentos exigidos en el pliego de condiciones tanto en la propuesta original como en la copia.

 

La propuesta deberá tener una vigencia mínima de Ciento Veinte (120) días calendario, contados a partir de la fecha de que se vence el término para presentar propuestas; el Municipio de Tuluá no acepta propuestas alternativas o parciales.

 

Todos los gastos, derechos, impuestos, tasas, contribuciones que se causen con ocasión de la suscripción y ejecución del contrato, de acuerdo con las normas legales vigentes, serán por cuenta del contratista.

 

No se aceptarán propuestas enviadas por correo, correo electrónico, vía fax o entregadas en otras oficinas de la Alcaldía, ni las entregadas después de la fecha y hora señalada.

 

Para efectos de poder establecer las inhabilidades previstas en la Ley 80 de 1993, al momento de recibir la oferta, se dejará constancia escrita de la fecha y hora exacta de presentación, indicando de manera clara y precisa el nombre o razón social del proponente.

 

En desarrollo del presente proceso de selección solo podrán presentarse ofertas en pesos colombianos y trascritas en castellano. Esto implica que toda la correspondencia, propuesta y documentos intercambiados entre los proponentes y el MUNICIPIO DE TULUÁ deberán estar escritos en idioma castellano.

 

  1. El valor estimado del contrato y la manifestación expresa de que la Entidad Estatal cuenta con la disponibilidad presupuestal.

 

El presupuesto estimado para la realización del contrato se estima en la suma $221.219.951,00 IVA incluido, con una duración de 9 meses y 20 días; amparados por el certificado de disponibilidad presupuestal 502 del 29 de enero de 2018, expedido por la Secretaria de Hacienda Municipal.

 

 

  1. Mención de si la contratación está cobijada por un Acuerdo Comercial.

 

La siguiente tabla presenta los Acuerdos Comerciales existentes y las leyes con las cuales se incorporaron en la normativa colombiana[1].

 

Acuerdo Comercial Ley
Alianza Pacífico[2] Ley 1746 de 2014
Canadá Ley 1363 de 2009
Chile Ley 1189 de 2008
Corea Ley 1747 de 2014
Costa Rica Ley 1763 de 2015
Estados AELC[3] Ley 1372 de 2010
Estados Unidos Ley 1143 de 2007
México Ley 172 de 1994
Triángulo Norte[4] Ley 1241 de 2008
Unión Europea[5]

Ley 1669 de 2013

 

 

 

VALORES A PARTIR DE LOS CUALES SON APLICABLES LOS ACUERDOS COMERCIALES[6]

 

Acuerdo comercial Entidades Estatales del nivel municipal y departamental Entidades generales del nivel nacional Entidades especiales del nivel nacional

Alianza

Pacífico

Chile Bienes y servicios
$655’366.000 COP

Servicios de construcción
$16.384’153.000 COP

Bienes y servicios
$163’842.000 COP

Servicios de construcción
$16.384’153.000 COP

Bienes y servicios
$720’903.000 COP

Servicios de construcción
$16.384’153.000 COP

Perú   Bienes y servicios
$311’299.000 COP

Servicios de construcción
$16.384’153.000 COP

México N/A Bienes y servicios
$163’842.000 COP

Servicios de Construcción*
$10’335.931 USD

Bienes y Servicios*
$397,535 USD

Servicios de construcción*
$12’721.740 USD

Canadá N/A Bienes y servicios
$172’701.000 COP

Servicios de construcción
$21.301’857.000 COP

Bienes y servicios
$863’512.000 COP

Servicios de construcción
$27.633’724.000 COP

Chile Bienes y servicios
$643’264.000 COP

Servicios de construcción
$16.081’602.000 COP

Bienes y servicios
$160’816.000 COP

Servicios de construcción
$16.081’602.000 COP

Bienes y servicios
$707’590.000 COP

Servicios de construcción
$16.081’602.000 COP

Corea Bienes y servicios
$655’366.000 COP

Servicios de construcción
$49.152’459.000 COP

Bienes y servicios
$229’378.000 COP

Servicios de construcción
$16.384’153.000 COP

Bienes y servicios
$1.310’732.000 COP

Servicios de construcción
$49.152’459.000 COP

Estados AELC Bienes y servicios
$852’074.000 COP

Servicios de construcción
$21.301’857.000 COP

Bienes y servicios
$553’848.000 COP

Servicios de construcción
$21.301’857.000 COP

Bienes y servicios
$937’282.000 COP

Servicios de construcción
$21.301’857.000 COP

 Estados Unidos
y Costa Rica
Bienes y servicios
$1.162’733.000 COP

Servicios de construcción
$16.389’628.000 COP

Bienes y servicios
$172’701.000 COP

Servicios de construcción
$16.389’628.000 COP

Bienes y servicios
$556’864.000 COP

Servicios de construcción
$16.389’628.000 COP

México N/A Bienes y servicios*
$78.920 USD

Servicios de construcción*
$10’259.653 USD

Bienes y servicios*
$394.602 USD

Servicios de construcción*
$12’627.266 USD

Triángulo

Norte

El Salvador Valor de la menor cuantía de la Entidad
Guatemala
Honduras
Unión Europea Bienes y servicios
$859’752.000 COP

Servicios de construcción
$21.493’810.000 COP

Bienes y servicios
$558’839.000 COP

Servicios de construcción

$21.493’810.000 COP

Bienes y servicios
$859’752.000 COP

Servicios de construcción

$21.493’810.000 COP

Fuente: Ministerio de Comercio, Industria y Turismo

 

* Para los valores en dólares, la Entidad Estatal debe definir el valor en pesos colombianos con la tasa representativa del mercado divulgada por la Superintendencia Financiera de Colombia del día de publicación del Aviso de Convocatoria (https://www.superfinanciera.gov.co).

 

Los valores en pesos colombianos de los Acuerdos Comerciales están vigentes hasta el 31 de diciembre de 2017

 

Considerando la información anterior, el presente proceso contractual no se encuentra cobijado por acuerdos comerciales.

 

 

  1. Mención de si la convocatoria es susceptible de ser limitada a Mipyme.

 

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.1.2.4.2.2 del decreto 1082 de 2015, este proceso de selección es susceptible de ser con convocatoria limitada exclusivamente a Mipymes, siempre y cuando se manifieste el interés en participar mediante la presentación de una solicitud en tal sentido de por lo menos tres (3) Mipymes con el fin de establecer la limitación de la convocatoria. Deberá presentarse durante el periodo previsto en el proyecto de pliego de condiciones y deberá reunir los siguientes requisitos:

Manifestación de interés de limitar la convocatoria a Mipymes, suscrita por el Representante Legal principal, a nivel Departamental o Municipal.

 

Las Mipymes deberán presentar el Certificado de Existencia y Representación Legal y/o Registro Único de Proponentes y/o registro mercantil expedido por la Cámara de Comercio respectiva, con fecha de expedición dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de la convocatoria, para verificar su domicilio con copia del RUT. Certificación expedida por contador o revisor fiscal, según sea el caso, señalando la condición de Mipymes y su tamaño empresarial.

 

En todo caso, para que la convocatoria se limite a Mipymes se requerirá al menos tres (3) manifestaciones de interés de micros, pequeñas o medianas empresas nacionales. La manifestación debe presentarse dentro del término señalado en el cronograma del proceso.

 

Las solicitudes para que el presente proceso se limite a Mipymes se deberán presentar de forma escrita en el horario de atención al público, en las instalaciones de la Alcaldía – Secretaría Privada, de manera personal o mediante delegación escrita, o por medio de correo electrónico igualmente en el horario de atención al público enviando la respectiva solicitud al correo privada@antiguo.tulua.gov.co, anexando los documentos requeridos anteriormente.

 

NOTA: El último día hábil que señale el cronograma general del proceso para ser entregadas las solicitudes de limitar el proceso a Mipymes, estas solo se recibirán por correo electrónico (debidamente diligenciadas y con todos los documentos de soporte que es necesario incluir) hasta las 18:00 horas en caso de que dicho día sea un lunes, martes, miércoles o jueves, o hasta las 17.00 horas si dicho día es un vienes.

 

 

En todos los casos solo se recibirán dichas solicitudes entregadas personalmente

(debidamente diligenciadas) y con todos los documentos de soporte que es necesario incluir) en horario de oficina, de 7:30 a 12.00 horas y de 13.30 a 18:00 horas, excepto los viernes (hasta las 17:00 horas).

 

  1. Enumeración y breve descripción de las condiciones para participar en el Proceso de Contratación.

 

 

CONDICIONES GENERALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

 

INTERPRETACION Y ACEPTACION DEL PLIEGO DE CONDICIONES

 

Con la presentación de la oferta, el proponente manifiesta que estudió el Pliego de

Condiciones y demás documentos que hacen parte del presente proceso de selección, que obtuvo las aclaraciones sobre las estipulaciones que haya considerado inciertas o dudosas, que conoce la naturaleza de los trabajos, su costo y su tiempo de ejecución, que formuló su oferta de manera libre, seria, precisa y coherente.

 

Todos los documentos del proceso de selección se complementan mutuamente, de tal manera que lo indicado en cada uno de ellos se entenderá como indicado en todos. Las interpretaciones o deducciones que el proponente haga de lo establecido en este Pliego de Condiciones serán de su exclusiva responsabilidad. En consecuencia, el Municipio de Tuluá no será responsable por descuidos, errores, omisiones, conjeturas, suposiciones, mala interpretación u otros hechos desfavorables en que incurra el proponente y que puedan incidir en la elaboración de su oferta.

 

Las aclaraciones y respuestas a las observaciones presentadas por los proponentes durante el proceso de selección tendrán únicamente valor interpretativo.

 

El hecho de que el proponente no se informe y documente debidamente sobre los detalles y condiciones bajo los cuales serán ejecutados los trabajos objeto del presente proceso de selección, no se considerará como excusa válida para la futura formulación de eventuales reclamaciones.

 

En la propuesta no podrán señalarse condiciones diferentes a las establecidas en este

proyecto de pliego de condiciones. En caso de hacerlo, se tendrán por no escritas y, por lo tanto, prevalecerán las disposiciones contenidas en este documento.

 

 

CONSORCIOS, UNIONES TEMPORALES Y OTRAS FORMAS DE ASOCIACION

 

La forma asociativa no podrá ser disuelta ni liquidada durante la vigencia o prórrogas del contrato que se suscriba y un año más.

 

Deberán cumplir con lo estipulado en el artículo 7 de la ley 80 de 1993 y con los siguientes aspectos:

 

Las Uniones Temporales, consorcios o cualquier otro tipo de asociación, deberán indicar su porcentaje de participación, el cual no debe ser modificado sin la autorización previa del Municipio de Tuluá.

 

En caso de ser adjudicatarios los Consorcios, Uniones Temporales u otras formas

asociativas deberán presentar ante el Municipio de Tuluá el correspondiente NIT dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al acto de adjudicación.

 

De acuerdo con lo preceptuado en el artículo 66 de la ley 488 de 1998, las facturas o documentos equivalentes para pago deben ser expedidas directamente por la respectiva forma de asociación, cumpliendo los requisitos establecidos en el Estatuto Tributario y no por cada uno de sus integrantes. Para proceder con su respectivo pago debe indicarse, además, el nombre y el NIT de los integrantes del Consorcio y en el caso de Uniones Temporales, indicar además el porcentaje de participación en el mismo

 

REGIMEN DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES

 

No podrán presentar propuesta quienes se encuentren incursos en causales de inhabilidades e incompatibilidades que les impidan celebrar contratos con entidades públicas, de acuerdo con los artículos 8 y 9 de la ley 80 de 1993 y artículos 1, 2, 4, 90 de la ley 1474 de 2011 y demás normas aplicables. Si lo hacen incurrirán en una nueva inhabilidad (literal b, numeral 1, artículo 8º de la ley 80 de 1993).

 

PERSONAS NATURALES

 

Si el proponente es persona natural deberá presentar copia legible de la cédula de

ciudadanía, acreditar ser proveedor de los bienes y servicios que se quieren adquirir, contar con registro mercantil expedido por la Cámara de Comercio donde se demuestre que desarrolla actividades mercantiles iguales y/o similares al objeto a contratar y cumplir los demás requisitos habilitantes.

 

Si el proponente es persona natural extranjera: deberá acreditar su existencia mediante la presentación de copia de su pasaporte, y si se encuentra residenciado en Colombia, mediante la presentación de copia de la Cédula de Extranjería expedida por la autoridad competente.

 

PERSONAS JURIDICAS

 

Las personas jurídicas nacionales: deberán presentar certificado de existencia y

representación legal expedido por la Cámara de Comercio con una expedición no mayor a treinta (30) días anteriores a la fecha de la presentación de propuesta. Cuando el representante legal de la firma tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de esta, deberá adjuntar el documento de autorización expresa del órgano competente.

 

Las personas jurídicas extranjeras con sucursal en Colombia: deberán acreditar la

existencia y representación legal de su sucursal en Colombia mediante Certificado de la Cámara de Comercio de su jurisdicción, expedido con una antelación no mayor a un (1) mes, previo a la fecha de presentación de la propuesta. En dicho certificado deberán constar claramente las facultades del Gerente o del Representante Legal.

 

El objeto social de la persona jurídica deberá comprender labores o actividades que tengan relación directa con el objeto del presente proceso y, la duración de la sociedad, la cual debe ser, como mínimo, igual al plazo de ejecución del contrato y un (1) año más.

 

Si el representante legal tiene restricciones para contraer obligaciones en nombre de la sociedad, deberá adjuntar el documento de autorización expresa del órgano social competente, otorgado con anterioridad a la fecha de presentación de la oferta.

 

REQUISITOS DE CAPACIDAD JURIDICA

 

(Requisito Habilitante)

 

DOCUMENTOS PARA VERIFICAR REQUISITOS HABILITANTES

 

PRESENTACION DE LA PROPUESTAS

 

Todas las propuestas deberán presentarse en la siguiente forma:

Idioma: La propuesta, correspondencia y todos los documentos de apoyo y el material impreso proporcionado por el proponente junto con su propuesta deben estar en idioma castellano.

 

Las propuestas para el presente proceso de selección abreviada de menor cuantía

280.20.3.011, deberán ser entregadas en original y una (1) copia, en sobres individuales debidamente cerrados y sellados, en los cuales se incluirá la leyenda:

 

“PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA PARA REALIZAR LA PRODUCCIÓN Y DIFUSIÓN DE MENSAJES INSTITUCIONALES SOBRE EVENTOS Y ACTIVIDADES LIDERADAS POR LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL DE TULUÁ A TRAVÉS DE MEDIOS RADIALES, AUDIOVISUALES E IMPRESOS DURANTE LA VIGENCIA 2018.; Incluyendo el nombre y dirección del proponente.

 

En el mismo sentido cada propuesta deberá contar con un índice en el cual se relacionen cada uno de los documentos y su página correspondiente.

 

Las propuestas deberán ser entregadas por el interesado o su representante autorizado en la Secretaría Privada, que se encuentra ubicada en el

segundo piso del CAM, carrera 25 No. 25-04, y se dejará constancia escrita por parte del funcionario asignado de la fecha y hora exacta de la presentación de esta, indicando claramente el nombre y razón social del proponente y el de la persona que en nombre y por cuenta de éste, ha efectuado la presentación, al igual, que el número de sobre presentados.

 

Las propuestas serán abiertas el día y hora antes fijado en la Secretaría Privada, segundo piso del CAM, ubicada en la calle 25 No. 25-04.

La Secretaría Privada no será responsable de la apertura prematura de una propuesta, o por no abrirla, si ésta no fuere dirigida correctamente marcada, o no fuese entregada oportunamente en la oficina correspondiente.

 

Las propuestas deberán ser presentadas, a máquina o computador, acompañadas de la documentación requerida para la misma y demás información que los proponentes estimaren necesaria para mayor claridad.

 

El impuesto al valor agregado IVA, deberá ser detallado en el precio de las

propuestas, cuando este aplique. Si el proponente llegare a omitir la presentación del IVA por separado de los precios básicos, EL MUNICIPIO DE TULUA –SECRETARÍA PRIVADA – descartará estas propuestas.

 

CARTA DE PRESENTACION DE LA PROPUESTA (ANEXO No.2)

 

El alcance de esta comunicación es que el proponente al suscribirla se compromete a cumplir con la totalidad de los requerimientos técnicos requeridos, sin ser necesario que las transcriba en su propuesta.

 

La carta de presentación debe suscribirse por el representante legal, quien debe estar debidamente facultado, indicando el nombre, cargo y documento de identidad.

 

El documento deberá ser presentado con firma autógrafa original, no se aceptarán firmas de facsímil o imágenes fotocopiadas.

 

En el caso de Consorcios, Uniones Temporales, deberá estar firmada por el representante designado y el documento de conformación de la forma asociativa deberá presentarse con firmas autógrafas originales.

 

El contenido de la carta de presentación corresponderá con el texto del modelo que se anexa y hará presumir la aprobación, legalidad y conocimiento de todos los documentos que acompañan el Pliego de Condiciones.

 

 

CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACION LEGAL

 

Cuando se trate de persona jurídica debe aportarse el certificado de existencia y

representación legal expedida por la respectiva Cámara de Comercio.

 

La expedición de dicho certificado no podrá tener una anterioridad superior a un (1) mes, contado a partir de la fecha de entrega de los documentos habilitantes.

 

El objeto social de la persona jurídica deberá estar directamente relacionado con las prestaciones requeridas por el Municipio de Tuluá para el objeto de esta contratación. Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales, esta exigencia aplica para las personas jurídicas que la integren.

 

Para el caso de las personas jurídicas cuyo registro de existencia y representación legal no corresponda a las Cámaras de Comercio, y el mismo no incluya la descripción detallada de su objeto social deberán aportar el certificado de la entidad competente y además adjuntar copia de los estatutos actualizados, certificados por el representante legal.

 

AUTORIZACION DE LA JUNTA O ASAMBLEA DE SOCIOS

 

Cuando el Representante Legal de la persona jurídica tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de esta, en razón a la cuantía, deberá disponerse del documento de autorización expresa del órgano de dirección competente donde se acredite su autorización para participar en el proceso de selección, firmar la propuesta y suscribir el contrato en el evento de ser seleccionado.

 

La autorización deberá tener una fecha de expedición no superior a la de entrega de requisitos habilitantes y su vigencia no debe ser inferior al plazo de la ejecución del contrato y seis (6) meses más.

 

La anterior observación también es válida para los miembros del Consorcio, Unión Temporal u otra forma asociativa.

 

GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO

 

De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.2.3.1.9 del Decreto 1082 de 2015 Garantía de seriedad, el oferente otorgara a favor del Municipio de Tuluá NIT: 891900272-1, una póliza de seguros como mecanismo de cobertura del riesgo derivado del incumplimiento del ofrecimiento, tipificado en el artículo 2.2.1.2.3.1.5 del Decreto en mención “Seriedad del ofrecimiento”, otorgada por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, por un valor equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del presupuesto oficial o del valor de la propuesta, que se presente por un mismo proponente, con una vigencia de Noventa (90) días CALENDARIO contados a partir de la fecha y hora de cierre del proceso de contratación, hasta la aprobación de la garantía que ampare los riesgos propios de la etapa contractual.

 

La Secretaría Privada, podrá solicitar al proponente la ampliación de la vigencia de la garantía cuando se prorrogue el plazo establecido para la adjudicación.

 

Cuando la propuesta se presente por un proponente plural bajo la figura de consorcio o unión temporal, o contrato de asociación futura, la garantía deberá otorgarse por todos los integrantes del proponente plural; esto es, a nombre de cada una de las personas naturales y/o jurídicas que integran el oferente plural, con el número de cédula o Nit respectivos y su porcentaje de participación.

 

Si el oferente es una persona jurídica, la garantía deberá tomarse con el nombre o razón social que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio y no sólo con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse de esa manera; por tanto, no podrá expedirse la garantía a nombre de quien se encuentre inscrito como representante legal.

 

Con dicha garantía se cubrirán los perjuicios derivados del incumplimiento de los

ofrecimientos por los eventos descritos en el artículo 2.2.1.2.3.1.9 del citado decreto, a saber:

 

  1. La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la Adjudicación o para suscribir el contrato es prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres (3) meses.

 

  1. El retiro de la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de las ofertas.

 

  1. La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.

 

  1. La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento del contrato.

 

  • De conformidad con lo previsto en el literal e), numeral 1° del artículo 8 de la Ley 80 de 1993, quienes sin justa causa se abstengan de suscribir el contrato estatal adjudicado, incurrirán en la causal de inhabilidad e incompatibilidad señalada, y el Municipio de Tuluá podrá adjudicarlo, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes, al proponente clasificado en segundo lugar, sin perjuicio de hacer efectivas las sanciones mencionadas a quien haya incumplido.

 

  • La garantía de seriedad le será devuelta al proponente que lo solicite, una vez haya sido perfeccionado y legalizado el contrato respectivo.

 

PAGO DE APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES

 

Según lo establecido en el artículo 50 de la ley 789 de 2002, la ley 797 de 2003, el decreto 510 de 2003, y el artículo 23 de la ley 1150 de 2007, el proponente deberá acreditar que se encuentra al día con sus empleados, en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del Sena, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando a ello haya lugar.

 

Esta exigencia también se acreditará por parte del contratista para efectos de cada pago derivado del contrato.

 

Si el proponente es persona jurídica, el pago de dichos aportes deberá acreditarlo mediante certificación expedida por el representante legal de la misma. Si la persona jurídica es una sociedad de las obligadas a tener Revisor Fiscal, de conformidad con lo establecido en el artículo 203 del Código de Comercio, en concordancia con los artículos 13 y 74 de la ley 43 de 1990, la certificación deberá estar suscrita por quién figure nombrado como Revisor Fiscal.

 

En este evento, la certificación se deberá acompañar con copia de la Tarjeta Profesional que acredite la calidad de contador del Revisor Fiscal que la suscribe y copia del respectivo certificado de vigencia de la tarjeta profesional expedido por la Junta Central de Contadores.

 

Esta exigencia es aplicable a cada uno de los miembros de un Consorcio o una Unión Temporal.

 

Las personas naturales deberán acreditar el pago de los aportes a la Seguridad Social Integral conforme a la Ley 100 de 1993, Artículo 4, Ley 797 de 2003, la Ley 1552 de 2012 y el Decreto Ley 2150 de 1995; esto es, aportes para la seguridad social en salud y pensiones.

 

Si tienen trabajadores a su servicio deberán acreditar, además, el pago de dichos aportes y los parafiscales en los casos que se requiera de conformidad con la normatividad vigente.

 

Debe presentar la última planilla pagada con el timbre de la entidad recaudadora.

 

CERTIFICADO DE RECIPROCIDAD

 

Si el proponente es extranjero, podrá aportar el certificado de reciprocidad conforme a lo establecido en el artículo 20 de la Ley 80 de 1993, para que se le dé el mismo tratamiento y en las mismas condiciones, requisitos, procedimientos y criterios de adjudicación que el de los proponentes nacionales.

 

BOLETIN DE RESPONSABLES FISCALES

 

El proponente no deberá encontrarse inscrito en el Boletín de Responsables Fiscales (artículo 60 de la ley 610 de 2000); situación que será verificada por la Secretaría Privada.

Igual requisito deberá cumplir el representante legal de las personas jurídicas, y el

representante de los consorcios, uniones temporales o cualquier otra forma de asociación.

 

CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS

 

El proponente no deberá presentar antecedentes disciplinarios, situación que será verificada por la Secretaría Privada.

 

 

REGISTRO UNICO TRIBUTARIO (RUT)

 

Fotocopia del Registro Único Tributario -RUT-, expedido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN-.

 

Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales deberá presentarse el RUT de cada uno de sus integrantes, los cuales deberán cumplir con los requisitos expuestos. El proponente deberá estar inscrito en el Registro Único Tributario, el cual debe contener la actividad económica de conformidad con la resolución 139 de 2012.

 

REGISTRO UNICO DE PROPONENTES

 

La persona natural o jurídica nacional, o las extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia, que aspiren a presentar oferta para el presente proceso de selección deberán estar inscritos en el Registro Único de Proponentes (RUP) de la Cámara de Comercio de su jurisdicción.

 

De conformidad con lo señalado en el artículo 2.2.1.1.1.5.1 y siguientes del Decreto 1082 de 2015, la información en firme de la inscripción, actualización o renovación del proponente.

 

Para efectos de verificación el certificado de Registro Único de Proponentes debe haber sido expedido con una antelación máxima de 30 días anteriores al cierre del presente proceso. El proponente interesado en participar entre el presente proceso deberá estar inscrito en el Registro Único de Proponentes (RUP) con corte a diciembre 31 de 2016.

 

DOCUMENTOS DE PROPONENTES EXTRANJEROS

 

Para los efectos previstos en este numeral, se consideran Interesados de origen extranjero las empresas que no hayan sido constituidas de acuerdo con la legislación colombiana, sea que tengan o no domicilio en Colombia a través de sucursales y las personas naturales que no tengan la nacionalidad colombiana.

Para todos los efectos, las Propuestas de Proponentes de origen extranjero se someterán a la legislación colombiana, sin perjuicio de lo cual, para su participación deberán cumplir con las siguientes condiciones:

Validez de los Documentos otorgados en el Exterior:

 

Consularización. De conformidad con lo previsto en el artículo 480 del Código de Comercio, los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes. Tratándose de sociedades, al autenticar los documentos a que se refiere el mencionado artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país. Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia (Oficina de Legalizaciones) para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites pertinentes.

 

Apostilla. Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de consularización señalado en el numeral (1) anterior, siempre que provenga de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, aprobada por la Ley 455 de 1998. En este caso sólo será exigible la Apostilla, trámite que consiste en el certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título a que ha actuado la persona firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen. Si la Apostilla está dada en idioma distinto del castellano, deberá presentarse acompañada de una traducción oficial a dicho idioma y la firma del traductor legalizada de conformidad con las normas vigentes.

 

REGLAS DE SUBSANABILIDAD

 

En todo proceso de selección de contratistas primará lo sustancial sobre lo formal. La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de las propuestas no servirán de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos. En consecuencia, todos aquellos requisitos de la propuesta que no afecten la asignación de puntaje podrán ser solicitados por las entidades en cualquier momento, hasta la adjudicación, de conformidad con lo previsto en el parágrafo 1 del artículo 5 de la ley 1150 de 2007, en concordancia con lo dispuesto en el Decreto 1082 de 2015. Tales requisitos o documentos podrán ser requeridos por la entidad

en condiciones de igualdad para todos los proponentes hasta la adjudicación. En ningún caso el Municipio podrá señalar taxativamente los requisitos o documentos subsanables o no subsanables en el pliego de condiciones, ni permitir que se subsanen asuntos relacionados con la falta de capacidad para presentar la oferta, ni que se acrediten circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso.

 

  1. Indicar si en el Proceso de Contratación hay lugar a precalificación.

 

El número mínimo de participantes es de uno (1). Si se presentare solamente una oferta y ella satisface la evaluación y calificación establecida en este Pliego de Condiciones, se podrá llevar a cabo la adjudicación.

 

  1. El Cronograma.

 

ACTIVIDAD FECHA LUGAR
1. Aviso de convocatoria publica 12 de febrero de 2018

Página Web:

www.colombiacompra.gov.co

2. Publicación proyecto pliego de condiciones y estudios previos 12 de febrero de 2018

Página Web:

www.colombiacompra.gov.co

3. Fecha límite para la presentación de observaciones al proyecto de pliego de condiciones Entre 13 y el 19 de febrero, de 2018 privada@antiguo.tulua.gov.co
4. Plazo para solicitar que se cierre la convocatoria a Mipymes

Entre el 13 y el 19 de febrero, de 2018

 

Plazo, hasta el 19 de febrero a las 18:00:00 horas

Alcaldía Municipal de Tuluá

Secretaría Privada, Piso 2

 

privada@antiguo.tulua.gov.co

5.Respuesta a las observaciones al proyecto del pliego de condiciones  

Página Web:

www.colombiacompra.gov.co

6. Acto administrativo que ordena la apertura del proceso de selección  

Página Web:

www.colombiacompra.gov.co

7.publicación de los pliegos

definitivos

 

Página Web:

www.colombiacompra.gov.co

8. Manifestaciones de interés  

Alcaldía Municipal de Tuluá

Secretaría Privada, Piso 2

 

privada@antiguo.tulua.gov.co

9. Conformación lista de oferentes  

Página Web:

www.colombiacompra.gov.co

10.Entrega y apertura de propuesta cierre del plazo para presentar propuesta   Secretaría Privada
11.Evaluación de propuestas   Secretaría Privada

12. Publicación del informe de

evaluación, recepción de observaciones al informe de evaluación y plazo para subsanar requisitos habilitantes.

 

Página Web:

www.colombiacompra.gov.co

13. Respuesta observaciones, resolución de adjudicación o de

declaratoria desierta

  www.colombiacompra.gov.co
14. Celebración del contrato, expedición del registro presupuestal y cumplimiento de los requisitos establecidos en el pliego de condiciones.  

Alcaldía Municipal de Tuluá

Secretaría Privada, Piso 2

 

 

 

  1. La forma como los interesados pueden consultar los Documentos del Proceso.

 

 

Los pliegos de condiciones no tendrán costo alguno y podrán ser consultados en la página Web. www.colombiacompra.gov.co, o en la Secretaría Privada segundo (2) piso, calle 25 N.º 25-04.

 

[1] Fuente https://www.colombiacompra.gov.co/sites/cce_public/files/cce_documents/cce_manual_acuerdos_comerciales_web.pdf Página  6

[2] Los Estados de la Alianza Pacífico son Chile, Colombia, México y Perú.

[3] Los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA por sus siglas en inglés) son Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza.

[4] Los Estados del Triángulo Norte son El Salvador, Guatemala y Honduras.

[5] Los Estados de la Unión Europea con los cuales las Entidades Estatales deben aplicar el Acuerdo Comercial son Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania y Suecia.

[6] Recuperado de: https://www.colombiacompra.gov.co/compradores/secop-i/valores-partir-de-los-cuales-son-aplicables-los-acuerdos-comerciales (27 de marzo de 2017)Aviso de Convocatoria