Año 2018

Mediante el Decreto 200-059-0632 de 2017 se fijan lugares y plazos para la presentación de las declaraciones tributarias y para el pago de los impuestos, anticipos, retenciones, y autoretenciones en la fuente, tasas y sobretasas, se establecen los porcentajes de descuento por pronto pago para el año gravable 2017, vigencia fiscal 2018 y se dictan otras disposiciones de carácter tributario municipal.
Se hace las siguientes claridades:
* No se establece forma de pago trimestral, habrán incentivos por pronto pago en los meses de enero, febrero y marzo así:
– Predial: Enero Dcto del 15%
– Predial: Febrero Dcto del 10%
– Predial: Marzo Dcto del 5%

– Industria y Comercio: Enero Dcto del 12%
– Industria y Comercio: Febrero Dcto del 9%
– Industria y Comercio: Marzo Dcto del 6%

Luego de pasado el tiempo para el correspondiente pago, es decir ya en el mes de abril, los contribuyentes tienen la oportunidad de generar acuerdos de pago con cuotas fijas mensuales.
Estos cambios se dan por diferentes variables, que se ven reflejadas en el incremento de la cartera y en el flujo de caja del municipio,.
Cualquier inquietud o sugerencia, pueden comunicarla a los funcionarios de la Oficina de Rentas Municipales, quienes están de la presente información.